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Además, la información que usted nos proporciona no se la entregamos a otras agencias, personas o ninguna organización privada. Compre en Florida no recolecta información con fines comerciales.

Si usted requiere más información o tiene preguntas sobre nuestra Política de Privacidad, por favor contáctenos. Tomamos la privacidad de nuestros visitantes y clientes como una cuestión extremadamente importante.

¿Qué información recopilamos de las personas que visitan nuestro sitio web?

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Cambios a Nuestra Política de Privacidad

Nos reservamos el derecho de actualizar esta Política de Privacidad. Cualquier modificación a nuestra política de privacidad será publicada en esta página. Cuando usted accede, visita o navega nuestro sitio web usted acepta las condiciones de nuestra Política de Privacidad.

Acuerdo de Confidencialidad

En este acuerdo se establece que el usuario que se esta registrando desea intercambiar información relativa a bienes raices y detalles de su inversión en el Estado de La Florida.

El objetivo del intercambio de la Información Confidencial es para valorar las posibilidades de establecer un acuerdo de colaboración entre las partes y suscribir un Contrato de Servicio exclusivo para llevar a cabo un negocio de inversión de propiedades con un agente Licenciado para el Estado de la Florida como es Philippe Aguirre asociado a A Plus Realty.

DEFINICIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Por “Información Confidencial” se entiende toda aquella información, oral o escrita, comunicada por una parte (“Parte Emisora”) a la otra (“Parte Receptora”) con objeto de la evaluación de una posible colaboración incluyendo, entre otras, informaciones de carácter científico, técnico, financiero, legal, fiscal y comercial, modelos y estrategias de negocio, “know how”, nombres de posibles clientes y socios, proyectos y operaciones de cualquier carácter propuestas o en fase de estudio, informes, planos, proyecciones de mercado y datos, junto con los análisis y documentos de trabajo, recopilaciones, comparaciones, estudios y en general, toda la información que las Partes se transmitan ya sea con anterioridad o posterioridad a esta aceptación.

Las Partes acuerdan identificar la información intercambiada como Información Confidencial. Las Partes levantarán acta de las reuniones en las que oralmente se intercambie Información Confidencial y marcarán los documentos como Información Confidencial. Sin embargo, la ausencia de dicha identificación no anulará la naturaleza confidencial de dicha información.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Las Partes intercambiarán Información Confidencial para explorar posibles vías de colaboración y se comprometen a tomar las precauciones necesarias y apropiadas para mantener como confidencial la información así definida, y en especial a:
a. Utilizar la Información Confidencial de forma reservada.
b. No divulgar ni comunicar la Información Confidencial facilitada por la Parte Emisora.
c. Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que gocen de aprobación escrita de la Parte Emisora y únicamente en los términos de tal aprobación.
d. Restringir el acceso a la Información Confidencial a sus respectivos empleados, asociados, subcontratados y a cualquier persona que, por su relación con las Partes, pueda o deba tener acceso a dicha información, advirtiendo de dicho deber de confidencialidad.
e. Utilizar la Información Confidencial o fragmentos de ésta exclusivamente para los fines de la ejecución del presente Acuerdo, absteniéndose de cualquier otro uso.

Las Partes serán responsables entre sí ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus empleados, asociados, subcontratados o cualquier otra persona a la que hubieran revelado la Información Confidencial.

En caso de que exista legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, las Partes declaran su reconocimiento y respeto hacia la misma.

PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Y AUSENCIA DE LA GARANTÍA

La Información Confidencial es de propiedad exclusiva de la Parte Emisora. En ningún caso podrá entenderse en virtud del presente Acuerdo que el intercambio de información suponga una cesión o licencia de derechos sobre la misma.

La Parte Emisora no presta ninguna garantía acerca de la condición, aptitud, precisión, corrección, integridad, completitud o rendimiento de la Información Confidencial.

DURACIÓN

El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento de su firma y extiende sus efectos a la Información Confidencial revelada con anterioridad. Las obligaciones de confidencialidad por las Partes no se extinguirán y continuarán siempre en vigor.

El cumplimiento por la Parte Receptora de las obligaciones establecidas en este párrafo no supondrá extinción o limitación de las obligaciones asumidas en los párrafos anteriores.

INCUMPLIMIENTO

Ambas Partes reconocen que cualquier divulgación y uso no autorizado de la Información Confidencial puede causar daños y perjuicios a la Parte Emisora que pueden resultar de difícil cuantificación. Por ello, las Partes acuerdan que la Parte Emisora tendrá derecho a reclamar ante los tribunales competentes y a obtener de la otra Parte una indemnización por los daños y perjuicios que tal divulgación y uso no autorizado le hayan generado.

MODIFICACIÓN DEL ACUERDO

Cualquier modificación del presente Acuerdo deberá ser acordada previamente por escrito por ambas Partes debiéndose hacer referencia explícita en el nuevo documento al presente Acuerdo.

DIVISIBILIDAD

Aunque cualquier disposición del presente Acuerdo sea declarada nula, ilegal o inaplicable, las restantes disposiciones mantendrán su validez. Antes de declarar nula, ilegal o inaplicable cualquier disposición, se interpretará, se limitará o se modificará de modo que se subsane el defecto.

TERMINACIÓN

El presente Acuerdo podrá resolverse, además de por cualesquiera de las causas previstas en la legislación vigente que resulten de aplicación, por las enunciadas a continuación:
a. La resolución expresa y por escrito de mutuo acuerdo.
b. El incumplimiento por una Parte de cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente Acuerdo, siempre que tal incumplimiento no fuera subsanado en un plazo máximo de treinta (30) días naturales tras petición escrita de subsanación, a no ser que dicho incumplimiento fuese insubsanable o hiciera imposible el cumplimiento del presente Acuerdo para la Parte Denunciante, en cuyo caso la resolución podrá ser inmediata, y ello en todo caso dejando a salvo la reclamación que por daños y perjuicios pueda corresponder a cualquiera de las Partes.

LEY APLICABLE Y JURISDICCION

El presente Acuerdo tiene naturaleza privada y está sometido a las leyes del estado de La Florida.

NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones, requerimientos, acuerdos, consentimientos, aceptaciones, aprobaciones o comunicaciones que sean precisas de conformidad con el presente Acuerdo, o que estén relacionadas con el mismo, deberán realizarse por escrito.

Acuerdo de Exclusividad

Al momento de suscribir un acuerdo entre usted como COMPRADOR y nuestro equipo como Agente, deberá firmar un documento de Exclusividad que incluya lo siguiente:

RESPONSABILIDADES DEL AGENTE INMOBILIARIO

(A) consultar con el COMPRADOR para analizar los requisitos de la propiedad, las alternativas de financiamiento, los cronogramas de posesión, las capacidades financieras y las estrategias de adquisición y negociación,
(B) Ayudar a obtener información disponible de naturaleza material relativa a las propiedades deseadas.
(C) Hacer Los mejores esfuerzos para identificar y ubicar propiedades adecuadas para comprar.
(D) Ayudar al COMPRADOR a presentar y negociar ofertas de contrato sobre las propiedades deseadas.
(E) Monitorear el contrato y los plazos de cierre.

El COMPRADOR entiende que otros compradores potenciales pueden considerar, hacer ofertas o comprar a través del Agente las mismas o similares propiedades que el COMPRADOR busca adquirir.

RESPONSABILIDADES DEL COMPRADOR.

(A) Trabajar exclusivamente con el Agente y estar disponible para evaluar y/o ver propiedades exclusivamente con el Agente y no con ningún otro corredor, licenciatario de ventas, propietario, constructor, etc.
(B) Consultar al Agente todas las consultas en cualquier forma y de cualquier fuente con respecto a cualquier propiedad potencial para la venta o arrendamiento.
(C) Proporcionar información confiable, incluida la información financiera necesaria para el cumplimiento de este acuerdo y el bien común del desarrollo del negocio.
(D) Proporcionar al Agente información general sobre ubicación, rango de precios, comodidades y cualquier otra información necesaria para ayudar a identificar las propiedades deseadas.
(E) En todas las ocasiones el COMPRADOR deberá notificar a otros agentes y terceros de la existencia de este Acuerdo y la relación exclusiva de corretaje del Agente con el COMPRADOR.